Cómo tributan los atrasos de salario en IRPF 2026 (declaración complementaria)

Actualizado: abril 2026

Si en 2026 cobras atrasos salariales de años anteriores (subida convenio retroactiva, sentencia judicial, regularización), NO suman a la renta del año en que los cobras: tributan en el año en que se generaron. Tienes que presentar una declaración complementaria del ejercicio correspondiente.

Cómo tributa según el origen

Origen del atrasoCuándo tributaCómo declarar
Subida de convenio retroactiva firmada en 2026 (afecta 2024-2025)En el año en que se devengó (2024-2025)Complementaria de 2024 y 2025
Sentencia judicial firme: salarios impagadosEn el año en que se devengaronComplementaria correspondiente
Sentencia judicial: indemnización por despidoEn el año del cese (cuando se devengó)Complementaria del año cese
Errores nómina detectados y regularizadosEn el año del errorComplementaria
Bonus o variable del año anterior cobrado en eneroEn el año en que se devenga (último del periodo)Año del periodo
Plazo presentación: Tienes hasta el 30 de junio del año siguiente al cobro de los atrasos para presentar la complementaria, sin recargo ni sanción. Si cobras los atrasos en junio 2026, la complementaria se presenta antes del 30 junio 2027.

Reducción del 30% por irregularidad

Si los atrasos corresponden a un periodo superior a 2 años (ej. sentencia tras 3 años de litigio), tienes derecho a una reducción del 30% sobre el importe atrasado al integrarlo en la base imponible (LIRPF art. 18.2). Tope: 300.000€.

CasoAtraso brutoReducción 30% aplicableImporte a tributar
Sentencia tras 4 años, 12.000€12.000€−3.600€8.400€
Convenio retro 1 año, 5.000€5.000€0€ (no >2 años)5.000€
Indemnización litigio 5 años, 30.000€30.000€−9.000€21.000€
Atrasos puntuales 6 meses, 3.000€3.000€0€3.000€

Procedimiento paso a paso para presentar complementaria

Casos especiales y errores frecuentes

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